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La patente es un derecho de exclusiva que protege invenciones técnicas nuevas, que implican actividad inventiva y que son susceptibles de aplicación industrial.

Una invención es nueva si no está incluida en el estado de la técnica conocido hasta la fecha de presentación de la solicitud de patente.

Se toma como referencia para juzgar sobre la novedad de la invención el estado de la técnica mundial, es decir, el conjunto de conocimientos técnicos hechos accesibles al público en cualquier lugar del mundo hasta la fecha en la que se presenta la solicitud de patente ante el organismo competente para conceder la protección. De modo que una invención, tan pronto como se hace accesible al público, mediante una descripción oral (en una conferencia, por ejemplo) o escrita (una publicación especializada o en una página web) o mediante una utilización de la invención que permita a un experto desarrollar la invención por sí mismo sin más conocimientos adicionales, pasa a formar parte del estado de la técnica conocido y, por tanto, deja de ser nueva.

Además de este requisito de novedad, la invención debe reunir otros dos requisitos para poder ser protegida mediante un derecho de patente. Todas las legislaciones de patentes exigen que la invención, además de ser nueva, debe poder aplicarse industrialmente y también implicar una actividad inventiva, esto es, no debe deducirse del estado de la técnica de una forma evidente para un experto en la materia. De modo que, la solución técnica en que consiste la invención no debe ser obvia para una persona experta en el campo técnico al que pertenece dicha invención.

(Por ejemplo, si se solicita una patente de invención para proteger un procedimiento químico para aislar una determinada sustancia, se tomará como referencia para determinar si esa invención implica o no actividad inventiva, el conocimiento técnico de una persona con formación en ciencias químicas).

Cuando se solicita una patente de invención, el solicitante goza de una protección provisional frente a la usurpación de su idea durante el tiempo que transcurre hasta la concesión de la patente. Esta protección es, no obstante, limitada: únicamente se protege al solicitante frente a la apropiación de mala fe llevada a cabo por un tercero y sólo da derecho, desde el momento de la publicación de la concesión de la patente, con carácter retroactivo, a una indemnización económica justa.

El procedimiento de concesión de la patente suele durar entre dos y cuatro años, según el tipo de patente que se solicite, nacional o europea. En algunos Estados existe un procedimiento de concesión con examen previo de los requisitos de patentabilidad. Esto quiere decir que, una vez presentada la solicitud y cumplidos una serie de requisitos formales, el organismo competente (por regla general, la oficina de patentes del Estado en el que se solicite la patente) realiza un examen de patentabilidad: examina si la invención cumple con los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicabilidad industrial. En otros Estados, se ha optado por un procedimiento de concesión sin examen previo de patentabilidad; sin embargo, el solicitante tiene la obligación de pedir a la oficina de patentes correspondiente que elabore el denominado "Informe sobre el Estado de la Técnica". Este requisito procedimental , si bien no impide que la patente se conceda aunque del Informe se deduzca que la invención para la que se solicita la protección no reúne los requisitos de patentabilidad, también encarece y retrasa la obtención de la patente, al igual que el examen previo. El Informe sobre el Estado de la Técnica, no obstante, permite al solicitante conocer si la patente que le concederá la oficina será una patente "fuerte" (al deducirse del Informe que no existen anterioridades perjudiciales a la novedad) o bien el título que obtendrá será más "débil" (pues el Informe ha sido desfavorable y no se pueden descartar eventuales demandas de nulidad de su patente por falta de novedad o de actividad inventiva).
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