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Patentes
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La
patente es un derecho de exclusiva que protege invenciones
técnicas nuevas, que implican actividad inventiva
y que son susceptibles de aplicación industrial.
Una invención es nueva si no está incluida
en el estado de la técnica conocido hasta la fecha
de presentación de la solicitud de patente.
Se toma como referencia para juzgar sobre la novedad de
la invención el estado de la técnica mundial,
es decir, el conjunto de conocimientos técnicos
hechos accesibles al público en cualquier lugar
del mundo hasta la fecha en la que se presenta la solicitud
de patente ante el organismo competente para conceder
la protección. De modo que una invención,
tan pronto como se hace accesible al público, mediante
una descripción oral (en una conferencia, por ejemplo)
o escrita (una publicación especializada o en una
página web) o mediante una utilización de
la invención que permita a un experto desarrollar
la invención por sí mismo sin más
conocimientos adicionales, pasa a formar parte del estado
de la técnica conocido y, por tanto, deja de ser
nueva.
Además de este requisito de novedad, la invención
debe reunir otros dos requisitos para poder ser protegida
mediante un derecho de patente. Todas las legislaciones
de patentes exigen que la invención, además
de ser nueva, debe poder aplicarse industrialmente y también
implicar una actividad inventiva, esto es, no debe deducirse
del estado de la técnica de una forma evidente
para un experto en la materia. De modo que, la solución
técnica en que consiste la invención no
debe ser obvia para una persona experta en el campo técnico
al que pertenece dicha invención.
(Por ejemplo, si se solicita una patente de invención
para proteger un procedimiento químico para aislar
una determinada sustancia, se tomará como referencia
para determinar si esa invención implica o no actividad
inventiva, el conocimiento técnico de una persona
con formación en ciencias químicas).
Cuando se solicita una patente de invención, el
solicitante goza de una protección provisional
frente a la usurpación de su idea durante el tiempo
que transcurre hasta la concesión de la patente.
Esta protección es, no obstante, limitada: únicamente
se protege al solicitante frente a la apropiación
de mala fe llevada a cabo por un tercero y sólo
da derecho, desde el momento de la publicación
de la concesión de la patente, con carácter
retroactivo, a una indemnización económica
justa.
El procedimiento de concesión de la patente suele
durar entre dos y cuatro años, según el
tipo de patente que se solicite, nacional o europea. En
algunos Estados existe un procedimiento de concesión
con examen previo de los requisitos de patentabilidad.
Esto quiere decir que, una vez presentada la solicitud
y cumplidos una serie de requisitos formales, el organismo
competente (por regla general, la oficina de patentes
del Estado en el que se solicite la patente) realiza un
examen de patentabilidad: examina si la invención
cumple con los requisitos de novedad, actividad inventiva
y aplicabilidad industrial. En otros Estados, se ha optado
por un procedimiento de concesión sin examen previo
de patentabilidad; sin embargo, el solicitante tiene la
obligación de pedir a la oficina de patentes correspondiente
que elabore el denominado "Informe sobre el Estado
de la Técnica". Este requisito procedimental
, si bien no impide que la patente se conceda aunque del
Informe se deduzca que la invención para la que
se solicita la protección no reúne los requisitos
de patentabilidad, también encarece y retrasa la
obtención de la patente, al igual que el examen
previo. El Informe sobre el Estado de la Técnica,
no obstante, permite al solicitante conocer si la patente
que le concederá la oficina será una patente
"fuerte" (al deducirse del Informe que no existen
anterioridades perjudiciales a la novedad) o bien el título
que obtendrá será más "débil"
(pues el Informe ha sido desfavorable y no se pueden descartar
eventuales demandas de nulidad de su patente por falta
de novedad o de actividad inventiva).
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