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Marquespatent Patentes y Marcas Modelos de utilidad


Existen un gran número de invenciones que consisten en creaciones industriales de escasa complicación técnica o constructiva, caracterizadas por consistir generalmente en una modificación formal de objetos de uso común y herramientas sencillas, las cuales, a pesar de su sencillez, implican un avance técnico con relación a lo anteriormente conocido. Estas "pequeñas invenciones" no superarían el examen de patentabilidad pero tampoco merecen quedar desprotegidas porque tienen un valor económico indiscutible.

Por ello se creó el Modelo de Utilidad que es una modalidad de protección de invenciones, distinto de la patente, adecuado para proteger estas invenciones menores. En términos generales, el modelo de utilidad protege invenciones técnicas de producto (se excluyen de la protección del modelo de utilidad las invenciones de procedimiento), que cumplen los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicabilidad industrial.

En España se requiere novedad nacional. El requisito de actividad inventiva es definido de forma distinta al exigido a una invención patentable. Así, en la mayor parte de las legislaciones sobre modelos de utilidad se exige un menor nivel de actividad inventiva.

El procedimiento de obtención de la protección es de simple registro. Es decir, el órgano administrativo competente únicamente examina el cumplimiento de los requisitos formales de la solicitud. Una vez superado dicho examen formal se procede a la concesión del registro de modelo de utilidad. De este modo se acorta considerablemente el período en el que el solicitante cuenta con una protección provisional. Por regla general, transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud se suele obtener el registro de un modelo de utilidad, lo cual implica la obtención de un derecho de exclusiva pleno sobre la invención. Después del examen formal de la solicitud, se abre la fase de oposición al registro: los terceros con interés legítimo pueden oponerse al registro del modelo de utilidad alegando que la invención carece de alguno de los requisitos de protección exigidos por la ley. Aunque no sucede así en todos los países.
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