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Marca comunitaria
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La
marca comunitaria confiere a su titular un derecho
unitario válido en todos los Estados miembros
de la Unión Europea, que se adquiere mediante
un único procedimiento que simplifica las
políticas de marca a escala europea.
La marca comunitaria se adquiere por su inscripción
en el Registro llevado por la Oficina para la Armonización
del Mercado Interior (OAMI). Sólo puede ser
registrada, transferida o cesar en sus efectos para
todo el conjunto de la Unión. Su duración
es de diez años, renovables de forma indefinida.
Las normas jurídicas que la regulan son muy
similares a las que se aplican a las marcas nacionales
de los Estados miembros de la Unión Europea.
En consecuencia, y con independencia del cambio
de ámbito territorial de validez de las marcas,
las empresas se encontrarán ante un entorno
jurídico que ya les resulta familiar.
La marca comunitaria cubre un mercado de más
de 350 millones de consumidores, que disfrutan de
uno de los niveles de vida más elevados del
mundo.
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